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Denuncias
Presentar una denuncia o querella (presencial o por escrito)
Usted puede presentar su denuncia o querella ante el Ministerio Público, de forma presencial o por escrito, para iniciar una Carpeta de Investigación o un Expediente de Atención Temprana. Este trámite es gratuito.
- Lo realiza
- Fiscalía General del Estado de Puebla (Fiscalía de Investigación Metropolitana, Fiscalía de Investigación Regional y fiscalías/unidades especializadas)
- Costo
- Gratuito
- Tiempo
- Comparecencia: variable según demanda. Por escrito: 15 minutos para recepción y 1 a 5 días hábiles de respuesta.
- Horario
- Consulte en la unidad
- Dónde
- Edificio central: Boulevard Héroes del 5 de Mayo esq. 31 Oriente, Ladrillera de Benítez, C.P. 72530, Puebla (Fiscalía Metropolitana ext. 4015; Fiscalía Regional ext. 4021) y en las fiscalías/unidades especializadas y regionales del directorio https://fiscalia.puebla.gob.mx/Unidades. Escritos también en la Oficialía de Partes del edificio central.
Descripción
Recibimos sus denuncias o querellas por hechos con apariencia de delito, de menor o alto impacto, cometidos por terceros. Se abre una Carpeta de Investigación (CDI) o, si los hechos no constituyen delito, un Expediente de Atención Temprana (EAT) para atenderle.
Requisitos
- Identificación oficial con fotografía, original y 2 copias simples (INE vigente, licencia de conducir, pasaporte, cédula profesional, credencial INAPAM, carta municipal de identidad, cartilla militar, certificado de secundaria con fotografía o forma migratoria para extranjeros)
- Comprobante de domicilio, original y 2 copias, no mayor a 3 meses (CFE, telefonía, agua potable o estado de cuenta bancario)
- Menores de edad: acta de nacimiento (original y 2 copias) y acudir con padre, madre o tutor
- Por escrito: escrito dirigido a la persona titular de la Fiscalía con identificación, narración circunstanciada de los hechos y testigos
- La documentación faltante puede presentarse después si las circunstancias lo requieren
Pasos
- 1Presentarse con los requisitos en la recepción del centro de atención
- 2Registrar datos en el sistema de visitantes
- 3Se asigna un servidor público que recibe la denuncia
- 4Se comunican derechos y obligaciones conforme al art. 109 del CNPP
- 5Lectura de la declaración; firma y huella dactilar
- 6Entrega del número de Carpeta de Investigación (CDI) o Expediente de Atención Temprana (EAT), copia de la denuncia y datos de la unidad especializada que dará seguimiento (ubicación y horarios)
- 7Al concluir la investigación el MP puede: canalizar a Mecanismos Alternativos, ejercer la acción penal, decretar el no ejercicio (art. 255 CNPP) o abstenerse de investigar (art. 253 CNPP)
¿Tiene dudas sobre este trámite? Pregúntele al asistente.
PreguntarFuente: https://fiscalia.puebla.gob.mx/Servicios/RecepcionDenunciasQuerellas
